• El Gobierno ha propuesto reducir de 3 a 2 años el tiempo máximo que un interino puede ocupar una vacante en la Administración, con el objetivo de frenar la temporalidad.
  • Quiero preparar Oposiciones.

El Gobierno plantea limitar a 2 años la interinidad en la Administración: qué significa y cómo puede afectarte

 

La interinidad en el empleo público vuelve al centro del debate. El Gobierno ha trasladado a las comunidades autónomas una propuesta para limitar a dos años el tiempo máximo que un interino puede ocupar una vacante, frente al límite actual de tres años que se aplica como referencia general en el artículo 10 del EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público).

La medida nace con un objetivo claro: reducir la temporalidad en la Administración Pública, que sigue rondando cifras elevadas (en torno al 30%) y muy lejos del 8% comprometido. Además, el problema de la temporalidad ya ha tenido consecuencias: Europa ha presionado para que España aplique medidas eficaces y, de hecho, se llegó a bloquear parte de fondos europeos por incumplimientos relacionados con este asunto.

En este artículo te explicamos, de forma sencilla y con sentido práctico, en qué consiste el plan, en qué punto está y qué puede suponer para opositores e interinos.

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¿En qué consiste la propuesta del Gobierno para limitar la interinidad a 2 años?

El cambio principal es muy directo: un interino no podría estar más de 2 años ocupando una vacante, y,  una vez superado ese plazo, esa plaza: “solo podría ser ocupada por un funcionario de carrera” (según lo planteado en la propuesta).

Esto supone un endurecimiento respecto al sistema actual, que fija como marco general un máximo de 3 años para la cobertura de vacantes con personal interino (con excepciones).

 

¿Qué cambia respecto al límite actual de 3 años?

Hasta ahora, el límite actual son 3 años:  el artículo 10 del EBEP marca que un interino por vacante no debería superar los 3 años, salvo supuestos concretos.

Nuevo límite propuesto: 2 años

  • La propuesta del Gobierno pretende bajar ese máximo a 2 años, lo que implicaría: menos margen de permanencia en una vacante ocupada por personal interino
  • más presión para que las Administraciones convoquen plazas
  • más rotación (si no se gestiona bien)

Además de reducir el plazo máximo de interinidad, la propuesta también busca evitar una práctica bastante común: encadenar nombramientos temporales.

Según el planteamiento, se limitaría que una persona pueda ser nombrada interina en la misma administración durante más de dos años, y se incluiría una especie de “periodo de corte” (por ejemplo, tener que esperar un tiempo antes de volver a ser nombrado).

Esto va dirigido a frenar situaciones en las que, en la práctica, se cubren necesidades estructurales con empleo temporal, algo que es precisamente lo que Europa considera un abuso.

 

¿Qué pasa si una plaza queda desierta?

Uno de los puntos más sensibles es este: la propuesta pretende eliminar la posibilidad de que una plaza siga “bloqueada” en interinidad si no se cubre con un funcionario de carrera tras el plazo máximo.

Es decir, el enfoque sería que si pasan 2 años esa vacante ya no debería seguir ocupada por un interino. Esto puede generar dudas en la práctica, porque muchas plazas tardan en convocarse, resolverse o adjudicarse de forma definitiva, y ahí es donde entra el debate legal y operativo.

Aspecto Situación actual (referencia EBEP) Propuesta del Gobierno
Tiempo máximo en una vacante Hasta 3 años (con excepciones) Hasta 2 años
Qué pasa al superar el plazo Puede mantenerse la situación en algunos casos La vacante solo podría ocuparla un funcionario de carrera
Objetivo principal Controlar la temporalidad Reducir la temporalidad de forma más estricta

 

¿Por qué el Gobierno plantea esta reforma ahora?

La razón principal es que la temporalidad en el empleo público sigue siendo demasiado alta. Y aunque en los últimos años se han impulsado procesos de estabilización (como los vinculados a la Ley 20/2021), los resultados globales no han logrado el impacto esperado.

De hecho, se habla incluso de un “bucle de temporalidad”: se estabiliza a parte del personal, pero siguen apareciendo nuevas vacantes y nuevas interinidades por jubilaciones, falta de planificación, procesos largos, etc.

A esto se suma que Europa exige medidas eficaces y verificables para rebajar la temporalidad.

 

¿En qué punto está la medida? ¿Está aprobada ya?

No, de momento NO está aprobado como norma. Lo que existe es una propuesta/plan trasladado a las comunidades autónomas, por lo que todavía no es un cambio legal plenamente aplicable. Además, no hay acuerdo total, y algunas comunidades ya han mostrado rechazo de forma pública.

Por tanto, el límite actual sigue siendo el de 3 años como referencia general.

 

¿Cómo se define el “abuso de temporalidad” en el empleo público?

Aquí hay mucha confusión, porque durante años se ha extendido una idea simplificada: “Si pasan más de 3 años, hay abuso automáticamente”. Pero la realidad jurídica es más compleja. En los últimos tiempos, ha ganado fuerza una interpretación más matizada: el abuso no depende solo del tiempo, sino de si la Administración está usando la interinidad para cubrir necesidades permanentes como si fueran temporales.

 

¿Cuándo puede considerarse abusiva la interinidad?

Suele hablarse de abuso cuando:

  • se mantiene durante años la misma vacante sin sacarla a concurso u oposición.
  • se concatenan nombramientos temporales para cubrir funciones estructurales.
  • se usan nombramientos temporales donde debería haber plazas fijas.

Esta visión “caso por caso” es relevante, porque evita que todo se reduzca a contar años sin mirar el contexto real.

 

¿Puede afectar esta propuesta a las oposiciones?

Si el Gobierno realmente endurece el límite, la lógica es clara: las Administraciones tendrían que convocar más plazas con más rapidez para cubrir vacantes con funcionarios de carrera.

Eso podría traducirse en:

  • más Ofertas de Empleo Público (OEP).
  • más presión para sacar plazas estructurales que hoy se cubren con temporales.
  • cambios en la planificación de convocatorias en algunas CCAA.

¿Qué puede pasar a partir de ahora?

A corto plazo, hay tres escenarios posibles:

1) Se aprueba la reforma y entra en vigor

Se aplicaría el límite de 2 años y cambiaría la gestión de vacantes.

2) Se modifica la propuesta para lograr acuerdos

Puede haber ajustes por presión de CCAA, sindicatos o por dudas jurídicas.

3) Se paraliza o se retrasa

Si no hay consenso o no se tramita la reforma, el límite seguirá siendo el actual.

 

En Opositor estaremos atentos a cualquier novedad y te informaremos de forma actualizada sobre:

  • cambios normativos, OEP y convocatorias.
  • oposiciones de Educación Secundaria en todas las CCAA.
  • fechas, requisitos y posibles implicaciones para interinos.
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